Solicitamos la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2.012, en el periodo devengado entre el 1 de junio y el 14 de julio, junto con sus intereses.

AL PRESIDENTE DE PUERTOS DEL ESTADO, D. JOSÉ LLORCA ORTEGA
 
D. Manuel Sánchez Domingo, DNI: 25.377.547-Z Presidente del SINDICATO PROFESIONAL DE POLICÍAS LOCALES Y BOMBEROS (SPPLB), comparezco y EXPONGO:

        Primero.- Que en el Boletín Oficial del Estado de fecha 14 de julio de 2012 se publicó el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, entrando en vigor el 15 de julio de 2012. 

Que en sus artículos 2 y 3 del citado Real Decreto-Ley se establece que para el personal del sector público, se reducirán sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la falta de abono tanto de la paga extraordinaria de Diciembre o Navidad como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
 
Segundo.- Que por sindicato SPPLB se procedió a la solicitud y posterior reclamación judicial, del reconocimiento del derecho de abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2.012 devengada, en el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio, ambos inclusive.
La motivación de esta reclamación viene avalada por la circunstancia de que dicha paga extraordinaria se devenga el día 1 de junio de cada anualidad hasta el 30 de noviembre, considerando por ello que no era posible aplicar con efectos retroactivos su falta de abono.
 
Tercero.- Que en fecha 9 de abril de 2.014, se ha dictado sentencia estimatoria por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo
 
nº 5 de Valencia, a favor del sindicato SPPLB, reconociendo el derecho a percibir por todos los funcionarios del Ayuntamiento de Valencia, la parte proporcional de la paga extra de diciembre de 2.012 devengada en el periodo indicado. Se acompaña copia de la sentencia dictada.
Cuarto.- Que a mayor abundamiento, todos los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valencia,  han asumido dicho criterio como único y común.
 
Por todo ello,
 
SOLICITO AL PRESIDENTE DE PUERTOS DEL ESTADO:
Que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo y tener por solicitado se acuerde admitir la presente solicitud, y tras las trámites oportunos EN EL MINISTERIO DE FOMENTO, SE RECONOZCA Y ABONE A TODOS LOS EMPLEADOS DE PUERTOS DEL ESTADO, la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2.012, en el periodo devengado entre el 1 de junio y el 14 de julio, junto con sus intereses.
Se adjunta sentencia favorable a la petición solicitada y reclamada por esta Organización Sindical (SPPLB).
 
 
 
En Valencia  a  12 de  Mayo de 2.014